En los supuestos de personas jurídicas y de personas físicas que actúen en concepto de empresarios, y que presten alguno de los servicios enumerados en el citado art. 2.1. o Ley 10/2010, la obligación de inscripción debe efectuarse mediante su inscripción en forma ordinaria.
Enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-6737